El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha propuesto validar la elección presidencial que da la victoria a Claudia Sheinbaum Pardo. En su proyecto de calificación, el TEPJF rechaza las impugnaciones presentadas por el PAN, PRI, PRD y la excandidata de la coalición Fuerza y Corazón por México, Xóchitl Gálvez Ruiz, sobre supuestas irregularidades durante el proceso electoral.
Acusaciones y respuesta del TEPJF
El proyecto del TEPJF declara improcedentes las acusaciones de violencia generalizada, uso indebido de programas sociales, intervención de servidores públicos, coacción y compra de votos, y la nulidad de casillas. También desestima la intervención de la consejera presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei Zavala.
La Comisión Sustanciadora para la Calificación, integrada por los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, argumenta que no se puede acreditar la intervención sistemática y reiterada del presidente Andrés Manuel López Obrador en el proceso electoral. Las conferencias matutinas denunciadas sólo representan el 9.9% del total de conferencias realizadas en el periodo previo a las elecciones, por lo que se consideran conductas aisladas y no sistemáticas.
Violencia generalizada y crimen organizado
La oposición argumentó que existió un ambiente de violencia generalizada e intervención del crimen organizado que impidieron elecciones libres. No obstante, el TEPJF sostiene que las pruebas presentadas, consistentes principalmente en enlaces a notas periodísticas, no demuestran un impacto significativo o determinante en la elección presidencial. Se concluye que los incidentes de violencia fueron hechos aislados y focalizados, sin un contexto generalizado.
Uso Indebido de Programas Sociales
Sobre el uso indebido de programas sociales, compra y coacción del voto, el TEPJF indica que estas acusaciones carecen de sustento probatorio. Los programas sociales son lícitos y están dirigidos a sectores de la población especialmente vulnerables, cumpliendo con requisitos legales. Las declaraciones del presidente López Obrador en sus conferencias no constituyen una amenaza o condicionamiento del voto.
El proyecto también declara improcedente la pretensión de nulidad presentada por Xóchitl Gálvez Ruiz, quien carece de interés jurídico para impugnar la elección. Los seis magistrados del TEPJF deberán analizar el proyecto y someterlo a discusión y votación en las próximas semanas.